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La Tribuna
Columnista

La resolución

Sebastián Carrizo

Prof. Juan Manuel Bustamante Michel

Presidente de la AFDEM Los Ángeles

por Sebastián Carrizo

Toda discrepancia con la ficción no es más que pura realidad o coincidencia o no sé qué.

VISTOS: Tanto a) la suprema gracia, autoridad y señorío de la que estoy investido por omnipresencia, omnividencia, omnipotencia y omnisciencia, como b) las facultades que las leyes vigentes me otorgan para vulnerarlas, torcerlas y omitirlas, y las que me confieren las normas derogadas y las no escritas y por escribirse también, más los legítimos excesos y abusos a los que puedo llegar, ya por mi propia voluntad, ya por recomendaciones de mis doxas y diletantes guionistas, bufones, comediantes y lenguaraces soplones (profesionales, aprendices y aficionados), y sin perjuicio de uno que otro tinterillo con facha, presencia, discurso y lógica silogística de letrado; y CONSIDERANDO: Por un lado, a) los juicios, opiniones y lo que se vierte por ahí –oralmente o por escrito  (con y sin lengua y firma responsable)– de boca y mano de algunos incompetentes, frustrados, mediocres, legos e irresponsables, tanto en comentarios de pasillos, como en espacios alternativos no autorizadas, esto es, cafetines, baruchos, buhardillas y excusados –incluso subterráneos– y, por otro, b) los inconvenientes y absurdos contrasistémicos que suponen en los imputados y por imputar (a propia voluntad y/o por inicuo apercibimiento) su autonomía personal, su espíritu crítico, su preparación académica, su capacidad de razonamiento, su compromiso con la verdad y la justicia, más sus condiciones de sujetos asertivos, proactivos, propositivos y resolutivos, tolerantes y conciliadores, leales y solidarios, que los han distinguido entre sus próximos, equidistantes y lejanos de ciudadanía, práctica, oficio y profesión; RESUELVO: Condénase a los imputados y por imputar –esto, sin perjuicio de los roles que estén cumplimentando o que en su momento cumplimenten; y por el problema que representa para el ejercicio de mi soberano señorío de caudillo– a un procedimiento democrático de profilaxis mental, actitudinal y social consistente en “sumar el doble de sus cualidades, restarlas en la misma cantidad, multiplicarlas y dividirlas por dos y multiplicarlas por cero a perpetuidad” allí dónde y con quiénes se hallen; sentencia que con la debida supervisión y acompañamiento deberá ser ejecutoriada completa y cabalmente a partir de la total tramitación de esta Decisión de Legítima Autoridad. Asimismo, ordénase a los condenados y/o por condenar –habida consideración de los fácticos poderes que legítimamente me respaldan– abstenerse de hacer uso ante mí y lo que represento de cada uno de sus derechos personales y  constitucionales por lo impracticable de los mismos y de recurrir en consecuencia a la institucionalidad que para tales efectos considera y dispone nuestro ordenamiento jurídico, so pena de ser reconocidos (exacta, oportuna y visiblemente) como antiestablishment y ser objeto de ampliación de fallo, los unos, y de severos y ejemplarizadores castigos, los otros. Tómese razón, regístrese, archívese, dese copia, ejecútese, hágase público, enséñese, constátese, asúmase y practíquese en todos sus alcances y sentidos. En el nombre del padre (que soy, y a no dudar), del hijo (que represento) y del noble, prístino y ecuánime espíritu de que se me ha y me he dotado para cada uno de ustedes. Que así sea, ad eternum, per secula seculorum.

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