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Columnista

Sus derechos en Navidad

Cristian Delgadillo Rosales

Al realizar compras por internet, la Ley permite a los consumidores arrepentirse dentro de los 10 días desde que recibió el producto o contrató el servicio.

por Cristian Delgadillo Rosales

Estamos a escasos días de celebrar Navidad, fecha muy emotiva y esperada por todos, especialmente por los niños. En este sentido, como SERNAC queremos recordar a los “Viejit@s Pascuer@s” sus derechos al realizar sus compras y evitar que “nada arruine tu Navidad”.

La Ley del Consumidor (LPC), establece una serie de derechos que protegen a las personas, entre ellos, a realizar compras de productos y servicios seguros.

En el caso de los juguetes, los consumidores tienen derecho a que estén correctamente rotulados, con información clara y en castellano, que tengan advertencias e instrucciones para su uso seguro.

Si se realiza la compra a través de internet, los consumidores tienen los mismos derechos que en cualquier compra o contratación de servicio presencial, esto es, a que se le informe el precio y se respete, a que se cumpla lo ofrecido, y a que las empresas respondan en caso de problemas.

Al realizar compras por internet, la Ley permite a los consumidores arrepentirse dentro de los 10 días desde que recibió el producto o contrató el servicio, siempre que la empresa no informe lo contrario. También es obligación de los proveedores enviar una confirmación escrita del comprobante de la transacción. De no ser así, el plazo de retracto se extiende a 90 días.

En el caso de los productos nuevos que salen malos, la Ley establece una garantía legal de 3 meses, que incluye tres opciones: el cambio, la reparación o la devolución de lo pagado a elección del consumidor. En algunos productos como los electrodomésticos, las empresas exigen una primera revisión en el servicio técnico para descartar que no se trate de un mal uso. Pero tras esa revisión, subsiste el derecho a la triple opción si el producto tiene fallas de fábrica.

Los consumidores pueden acudir directamente a la empresa que les vendió el producto presentando la boleta, factura u otro medio que acredite la compra. No son válidos los carteles o timbres en las boletas donde se indique que no se responde por cambios o devoluciones.

Las empresas no pueden derivar al consumidor a lugares lejanos o atender en horarios diferentes a los de venta normal. Es decir, deben ofrecer las mismas condiciones en que realizaron la venta del producto.

Es habitual que muchas empresas, especialmente las del retail, ofrezcan a los consumidores el “ticket de cambio”, el cual permite a los consumidores cambiar sin motivo el producto durante 10, 20 o hasta 30 días. Se trata de una política comercial voluntaria dirigida a satisfacer a los clientes; si es ofrecida, debe cumplirse. Pero eso no significa que el consumidor pierda su garantía legal si el producto tiene fallas.

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