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La Tribuna
Columnista

Las aristas del cuatrimoto

Leslia Jorquera

Mardoqueo Roa

por Leslia Jorquera

 Sr. Lector, usted que sabe cómo usar los medios, le pido por favor traspase mi humilde publicación, de un hombre ciudadano, a los medios pertinentes.

La verdad es que es muy doloroso, cuando es con figura de rabia e impotencia, cuando se es víctima de ilícitos, cualquiera sea, causados por personas que no les importa que sus víctimas sean mayores de edad y con qué sacrificio han conseguido lo suyo, para despojarlos de sus bienes o pertenencias, que amparado por una ley maldita que les ha dado la facilidad de delinquir tan impunemente en sus artículos 249 en su letra O, del C.P.P y 250 en su letra A del C.P.P.

Ambos artículos, muy considerados por los respetados señores fiscales y jueces de garantía.

Pero sin embargo, no se consideran otros artículos que favorezcan a la desprotegida víctima, cuando no se cumplen todas las diligencias que estipula la Ley, que las causa tienen que ser diligenciadas en toda su magnitud, en seguida recién se puede solicitar al juzgado de garantía el no innovar o cierre definitivo.

Es cierto que a lo mejor estoy actuando guiado por mi ignorancia jurídica, pero no es menos cierto, que, ambos procesos carecieron de vicios al no considerar, o no tener presente todos los antecedentes que yo aporté en ambos, los que se encuentran por vía escrita en los mismos.

Todo obedece, que a los señores fiscales, les es más fácil terminar aquellos que son de menos envergadura, impulsados por algunos vicios que dejan en la más sucia impunidad a los presuntos  delincuentes.

Debo señalar en ésta a quien me estoy refiriendo, lo que relato a continuación:

En causas número RUC 1600050303-9 y 1600979919-6, seguidas en contra de Germán Delgado y Cristóbal Catalán, ambos con 5 domicilios diferentes según lo informado por los funcionarios de la PDI encargados del diligenciamiento de las órdenes. Usted señor lector, usted señor abogado les será fácil darle respuesta a la interrogante ¿Por qué tienen tantos domicilios?

Ahora, cuál es mi interrogante: es cuando el fiscal Sr. Acevedo dice que de acuerdo a las diligencias pertinentes se pudo establecer que los hechos denunciados no eran constitutivos de delito.

Entonces yo le pregunto a los señores fiscales y jueces de garantía ¿Qué es delito entonces? Ya que es imposible creer que los señores juristas hayan hecho una nueva ley tan permisiva, que favorezca solo a los delincuentes, y lo que es peor, el Estado les paga un abogado para su defensa, y uno como víctima tiene que pagar uno de su propio peculio y, lo que es peor, el Sr. Abogado representante, no hace nada o sea no hizo nada, lo que fue mi caso. Ya saben a quién me refiero. Es triste pero es la verdad y, la verdad es dolorosa pero es verdad ¿no es así señor abogado?

La realidad es que no estoy hablando de nombre pero ya es sabido por qué en este caso ya me he permitido en honor a la verdad hacerlo público por tercera vez.

Ahora pienso que si en este gobierno no se llega a una Reforma de la Reforma Procesal Penal, a futuro va a sufrir usted Sr. Juez de Garantía y los señores Fiscales, o sea que todos vamos a estar bajo el poder de la delincuencia y aplastados por la misma.

Sr. Lector, usted que sabe cómo usar los medios, le pido por favor traspase mi humilde publicación, de un hombre ciudadano, a los medios pertinentes, ya sea al Ministerio del Interior  u otros, un hombre que pese a su edad, sigue contribuyendo al pueblo, a su comuna, haciendo turismo, cosa tan importante para el desarrollo de los mismos y sin que nunca haya sido considerado por los ediles Jara y Rivas, respectivamente.

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