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La Tribuna
Columnista

Seguridad en el consumo: un derecho permanente

Cristian Delgadillo Rosales

El llamado que hacemos como Sernac a las empresas es a que cumplan con los más altos estándares de seguridad al momento de comercializar sus productos.

por Cristian Delgadillo Rosales

En un contexto de globalización e innovación constante del mercado y sus productos, es esencial para los consumidores estar correctamente informados sobre la seguridad de lo que compran y de los servicios que utilizan.

Por lo que promover comportamientos responsables en consumidores y proveedores para evitar riesgos y daños a la salud e integridad física, es clave para un consumo seguro.

Lo anterior, a raíz del caso de una consumidora que sufrió un accidente, producto de una piedra lanzada por un desconocido a su ventana en un viaje interurbano. 

El mercado de las autopistas es regulado por una ley especial; No obstante, la Ley del Consumidor establece derechos para los usuarios de las autopistas, como, por ejemplo, que se les cobre por el servicio efectivamente prestado, a recibir información veraz y oportuna de los servicios y sus precios, a claridad en sus cuentas, a contratos justos, a un servicio seguro y a que las empresas respondan por los errores.

Es decir, la ley establece la seguridad en el consumo como un derecho fundamental, lo que implica que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a las personas al momento de comprar productos o contratar bienes.

Este derecho aplica a todas las relaciones de consumo. Pero lo primero que hay que tomar en cuenta es que para velar por su cumplimiento, es deber de los consumidores comprar o adquirir servicios sólo en el comercio establecido.

Al realizar el acto de consumo en el comercio establecido los consumidores pueden ejercer el derecho a la libre elección y a exigir la reparación o indemnización en el caso de sufrir algún daño.

La Ley también establece que los consumidores tienen derechos a que los productos estén correctamente rotulados, de ahí el llamado a fijarse en esta información al momento de adquirir los productos.

La normativa exige que los envases tengan información en castellano que indique el uso para el que está destinado y tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.

Como la seguridad en el consumo es una preocupación permanente del Sernac, hace un tiempo atrás además elaboramos un “Manual de Seguridad en el Consumo”, el cual da a conocer a los consumidores una serie de medidas necesarias para no poner en riesgo su salud ni la de su familia al momento de realizar compras de algunos productos.

Otro de los temas relacionados con la seguridad es cómo prevenir accidentes por asfixias y atragantamientos. En el caso de los niños de corta edad, evitar que jueguen o manipulen objetos pequeños o que puedan desmontarse en piezas más chicas y que no son recomendadas para su edad.

A la hora de elegir productos de belleza, fíjese en el rotulado y en la información que incluya, por ejemplo, su finalidad, fecha de vencimiento, autorización sanitaria, entre otros. Nunca compre un producto cuya procedencia resulte dudosa, que esté sin envase o que estos estén abiertos o rotos.

El llamado que hacemos como Sernac a las empresas es a que cumplan con los más altos estándares de seguridad al momento de comercializar sus productos. Y a los consumidores a no exponerse a situaciones que pudiesen provocarles daños a ellos y sus familias.

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