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La Tribuna
Columnista

Modificación al Código del Trabajo

Leslia Jorquera

Roberto Poblete Zapata

Diputado de la República

por Leslia Jorquera

No debemos olvidar nunca al artículo 184 del Código del Trabajo, que señala que es el empleador quien tiene la obligación de tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores.

El trabajo pesado es algo que debe tener un tratamiento privilegiado en la legislación chilena básicamente por el desgaste y reducción anticipada de las capacidades laborales de un trabajador expuesto a este tipo de funciones, y por razones de justicia social, pues frente a situaciones enteramente diferentes o anormales como son las situaciones de los trabajadores que enfrentan trabajos pesados, debe haber soluciones especiales o diversas.

De ahí que el trabajo pesado requiera no sólo una ley concreta, sino una aplicación permanente de esa ley y un conocimiento cabal por parte ellos de esa normativa para que, en uso de sus derechos, puedan alegarla como es debido.

El trabajo como tal, está orientado a la producción de bienes o servicios bajo subordinación y dependencia de un empleador, con un horario permanente y por el cual se recibe una remuneración. Sin embargo, tanto la remuneración como la permanencia de un trabajador en el caso de  un trabajo que requiera especiales esfuerzos, deben dar cuenta de la condición de esas condiciones especiales y en las cuales se prestan. Por ello es que la regulación del trabajo pesado presenta una cautela lógica en favor de los trabajadores que están expuestos a los riesgos derivados de una faena pesada.

No hay siquiera, una parte del mundo del trabajo que no reclame ciertas protecciones. Y si pensamos en quienes están expuestos a faenas duras y arduas, la protección debe ser mayor, consistente y ciertamente ampliable a nuevas situaciones que el mundo del trabajo nos irá entregando diariamente.

No debemos olvidar nunca al artículo 184 del Código del Trabajo, que señala que es el empleador quien tiene la obligación de tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, mantener las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas y de entregar los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

El Proyecto de Ley que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la declaración de trabajos pesados, actualmente en discusión, es un paso adelante en la historia de los trabajadores y de su lucha por mejorar sus condiciones. En tal sentido tenemos tres ideas que hacen que este proyecto deba ser apoyado, las cuales son: incorporar al Código del Trabajo las principales normas que regulan la calificación de trabajos pesados; flexibilizar las solicitudes que dan inicio al procedimiento de evaluación de trabajos que pueden llegar a ser considerados como trabajos pesados; y unificar los criterios respecto de la calificación de trabajos pesados.

Ya estos tres lineamientos, independientes del hilado fino que tengan, hacen que tengamos como imperativo apoyar de forma decidida un proyecto que va en beneficio de los trabajadores y de una de las reivindicaciones más antiguas que tienen: la de preservar su integridad física.

Roberto Poblete Zapata

Diputado de la República

 

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