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La Tribuna

Los Ángeles: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal dicta veredicto condenatorio por abuso sexual reiterado

por Nicolás C. Muñoz Díaz

Este jueves se dictó el veredicto condenatorio en contra de C.A.S.P., en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de menor de 14 años.

TOP ELEY /

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Los Ángeles dictó este jueves 30 de diciembre el veredicto condenatorio en contra de C.A.S.P., en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de menor de 14 años. Ilícito cometido entre 2017 y junio del año pasado, en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal, integrado por los magistrados Ingrid Quezada Valdebenito (presidenta), Gino Viale Acosta y Marisol Panes Viveros (redactora), tras la deliberación de rigor, dio por establecido tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de C.A.S.P. en los hechos.

Que, para el establecimiento de los delitos precedentemente descritos, se tuvo presente el relato de la víctima, tanto el entregado en el juicio como en las distintas instancias durante la investigación y que se conoció a través del testimonio de oídas de su madre, de las psicólogas que la acompañaron y atendieron durante el proceso, así como del perito a cargo del informe de credibilidad del testimonio, pudiendo apreciarse que su versión era persistente en el tiempo, por la coherencia en los elementos fácticos entregados y que dicen relación con la dinámica de los actos abusivos de connotación sexual, del contexto temporo espacial en que se llevaban a cabo, y de la persona del agresor, sindicando siempre como responsable al acusado; lo que también fue refrendado con lo declarado por el funcionario de carabineros que acogió la denuncia así como por el funcionario de la Brigada de Delitos Sexuales que estuvo a cargo de efectuar diligencias durante la etapa investigativa, explicó la magistrada Panes.

La jueza agregó que: En efecto, la frecuencia, lugar y forma de acometimiento fue refrendada con el testimonio de oídas de Juan Carlos Scheid de la Brigada de Investigación de Delitos Sexuales y de Menores de la PDI, quien dando a conocer la declaración de la víctima, así como de testigos que recibieron la versión de la misma, se puso establecer, más allá de toda duda razonable, que el acometimiento llevado a cabo fue en reiteradas ocasiones al interior del inmueble en común que compartía con el encartado, en su dormitorio, en el de la víctima, en la cocina, etc., todos elementos de convicción que analizados omnicomprensivamente, dieron coherencia y sustento a la versión entregada por la víctima, lo que además, fue respaldado con la prueba pericial de credibilidad de relato realizada, así como al daño emocional que padece la víctima existiendo consenso en las profesionales que la atienden incluso actualmente que es secundario a los eventos de vulneración de carácter sexual que estuvo sometida en su hogar.

Asimismo, fue demostrado, que los acometimientos de carácter sexual fueron causados mientras el acusado tenía a la víctima bajo su cuidado personal, ya que no solo era su padrastro sino que vivía con él, había una relación de confianza y bajo esa esfera de privacidad, le realizaba tocaciones, añadió.

La audiencia de comunicación de sentencia, que será redactada por la magistrada Panes Viveros, quedó programada para las 15 horas del lunes 10 de enero próximo.

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