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La Tribuna

Juzgado de Letras de Cabrero condenó a la municipalidad por acoso laboral

por Nicolás C. Muñoz Díaz

El tribunal dio por acreditado que se vulneraron los derechos a la integridad física y psíquica de un periodista por parte del alcalde Mario Gierke.

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La magistrada Macarena Bobadilla García acogió la demanda en contra de la municipalidad de Cabrero por el acoso laboral en contra de un periodista a honorarios, quien se autodespidió por vulneración de derechos, en junio de 2020.

El tribunal, por su parte, afirmó que se produjo acoso laboral hacia el periodista, vulnerando sus derechos a la integridad física y psíquica y afectando su derecho a la honra debido a una serie de malos tratos públicos de parte del alcalde Mario Gierke en contra del profesional, en base a la prueba aportada por el demandante las que no pudieron ser desvirtuadas por el ente edilicio.

Que todo lo expuesto por los testigos, a juicio del Tribunal, son relatos creíbles y circunscritos en tiempo y detalle a las mismas situaciones referidas como indicios por el trabajador en su libelo, explicando cada uno de ellos de manera pormenorizada las situaciones por lo que dan razón de sus dichos y el contexto que ellos conocieron de los hechos, el cual se considera coherente y consistente en función de los hechos de la denuncia, y sin apreciarse que sean parciales en sus apreciaciones o que se encuentren predispuestos a perjudicar a la denunciada, considerando que han sido partícipes de los hechos, ya sea de manera directa o indirecta, como ellos mismos aseveran, indica la sentencia.

Asimismo añade que si bien de los mensajes de Whatsapp, constan otras situaciones indiciarias, en donde es el trabajador quien le evidencia al alcalde, las formas contrarias a normas básicas de respeto dentro de una relación laboral en determinadas actuaciones, como el hecho relatado el día 26 de diciembre del año 2019, incidente que habría ocurrido entre el denunciante y el administrador municipal, dando cuenta el trabajador de una nueva ocasión donde le son proferidos malos tratos, respecto de esto solo consta una respuesta del alcalde, por el mismo medio, que lo verá de inmediato, no constatándose con posterioridad alguna acción o resolución para el tema.

Resolución que detalla: Que los indicios relatados y constatados, permiten establecer que el empleador ha desplegado conductas lesivas de derechos fundamentales, vulnerando de manera directa y con ocasión del despido, las garantías constitucionales contempladas en los artículos 19 N° 1 y N° 4, en cuanto al derecho a la vida, integridad física y psíquica y honra del trabajador denunciante.

Por último, en el juicio se estableció que existió una relación entre las partes, desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 2 de junio de 2020, por lo que se ordenó al municipio cabrerino pagar al profesional una indemnización total de más de 10 millones de pesos.

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