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La Tribuna

Fiscalización demostró que la mayoría de los angelinos tiene en vigencia el Seguro Covid-19

por Camila M. Celis Rodríguez

Autoridades del Trabajo visitaron la comuna para verificar la contratación y vigencia de la normativa.

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Durante un recorrido aleatorio por distintos locales comerciales del centro angelino, la seremi del Trabajo, Sintia Leyton, junto a la directora regional subrogante, Carmen Gloria Araneda, acompañadas de funcionarios del organismo, verificaron digitalmente que cada trabajador estuviera contratado y en plena vigencia el Seguro Covid-19.

La fiscalización arrojó un cumplimiento generalizado de la disposición legal, salvo en un local comercial, donde una trabajadora no contaba con su seguro correspondiente, situación que, sin embargo, fue enmendada durante la fiscalización por parte del empleador.

Se trata del seguro de la Ley 21.342, que aplica para todos los trabajadores del sector privado con contrato de trabajo, sea que coticen en Fonasa o Isapre, y tiene por objeto financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación en caso de contagio de Covid-19. Además, considera una indemnización en caso de fallecimiento de 180 UF.

En conversación con radio San Cristóbal, Leyton explicó que en forma global, podemos detectar que hay conocimiento, bastante información y uso de este seguro, no solo por parte de los empleadores, sino también el conocimiento de los trabajadores sobre cómo funciona, lo cual nos deja muy tranquilos.

En la misma línea, contextualizó que esto nace en el marco de una ley de retorno seguro y gradual de las personas a su lugar de trabajo mediante un seguro obligatorio de salud por Covid-19. Todos los trabajadores del área privada que asistan de manera presencial o semipresencial deben tenerlo para ejecutar sus labores de manera protegida en el ámbito de previsión de salud. Hubo casos menores de nuevas contrataciones donde les venció el plazo. Hay que recordar que desde que son contratados, los empleadores tienen un plazo de 10 días para contratar el seguro de salud.

¿QUÉ COBERTURA TIENE EL SEGURO COVID-19?

Según explicó la seremi, la ley protege a todos los trabajadores del sistema privado que estén trabajando de forma presencial o semipresencial con Fonasa o Isapre, y busca reembolsar los gastos incurridos por hospitalización o rehabilitación tras contagiarse por Covid-19 en su trabajo. En el caso de situaciones más dolorosas, en caso que la persona fallezca por Covid-19, se asigna una indemnización a la familia de 180 UF que se entrega de manera directa. Es una herramienta que hemos buscado generar para la reactivación y ayudar a los trabajadores a retomar de forma segura sus labores. Además, va de la mano con las licencias que sean menores a diez días y tienen un descuento de los tres primeros días de licencia. A través de esta ley 21.342 se genera la eliminación de vacío de días de licencia, y desde ahora en adelante todas las que sean por Covid estarán cubiertas desde el primer día.

TELETRABAJO

En el caso de quienes tengan teletrabajo, Leyton indicó que la ley no los obliga a tener este seguro porque la persona no está expuesta igual que el resto de sus compañeros de trabajo o con el resto de las personas. Sin embargo, si la persona ejerce sus funciones de manera híbrida, debe tener vigente el seguro Covid-19. La cobertura también incluye a las trabajadoras de casa particular.

En relación con lo mismo, una vez que el trabajador empiece las labores presenciales, la empresa tiene un plazo de 10 días para contratar el seguro. De lo contrario, arriesga multas que van desde las 10 UTM a las 60 UTM.

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