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La Tribuna

Plebiscito dirimente divide aguas en los convencionales constituyentes del distrito 21

por Juvenal Rivera Sanhueza

Vanessa Hoppe y Luis Barceló tienen posiciones opuestas sobre la implementación de este mecanismo de consulta ciudadana que podría resolver materias que no alcancen el quórum de los tercios para su aprobación.

convencion constitucional /

Uno de los puntos más controvertidos propuestos por la Comisión de Participación Popular y Equidad Territorial de la Convención Constitucional es la posibilidad de realizar plebiscitos dirimentes.

La idea de la moción es resolver, a través de dicho mecanismo de consulta ciudadana, sobre aquellas propuestas de alta aprobación pero sin el quórum para ser parte de la propuesta de carta fundamental.

La iniciativa fue parte de la propuesta de reglamento de mecanismos, orgánica y metodologías de participación y educación popular Constituyente que considera 122 artículos. Estas normas fueron entregadas a la mesa, para ser discutidas en el Pleno y votadas a mediados de septiembre.

La idea mostró las diferencias de visión al respecto entre Vanessa Hoppe y Luis Barceló, que son dos de los cuatro convencionales del distrito 21 de las provincias de Biobío y Arauco, además de la comuna de Lota.

LUIS BARCELÓ

El convencional constituyente por Biobío, Luis Barceló, manifestó no estar de acuerdo con la propuesta de un plebiscito dirimente: Quiero ser súper claro y no tener ningún doble estándar. No estoy de acuerdo porque ya hay una norma que establece las reglas del juego. No se pueden cambiar cuando el partido se inició hace rato.

A su juicio, si bien es un ejercicio democrático, la implementación implicará jugar con una serie de factores que no le pueden hacer bien a la Constitución. Por ejemplo, qué sucede si concurre poca gente a votar, qué pasa si va solo un 40% del padrón electoral o si lo hace menos. Podemos deslegitimar el proceso todo el proceso constituyente.

Barceló reconoció que la propuesta tampoco es una locura ni nada de eso. Si una moción tiene un 62% de apoyo pero no los dos tercios, es razonable que alguien pueda pensar que pueda dirimirse por el pueblo y, desde el punto de vista democrático, es razonable.

Sin embargo, sostuvo que el problema es otro. Además de que existe una norma estructurada y no se puede cambiar, viene también la implementación de ese plebiscito. La cuestión es compleja porque la ciudadanía deberá responder sobre situaciones distintas. Qué pasa si son 14 o 18 o más. Es una situación bastante incómoda. A nosotros nos dieron un mandato para resolver un asunto y ese asunto lo debemos resolver nosotros, de acuerdo a las reglas que están.

Por otro lado, planteó que su implementación implica un costo de 20 mil millones de pesos, además de todo lo que es tema de socialización y participación ciudadana que también implica recursos.

VANESSA HOPPE

Al respecto, Vanessa Hoppe, constituyente del distrito 21, se mostró partidaria del plebiscito dirimente afirmando que es una manera de propiciar la participación ciudadana.

Quienes votaron por mí lo saben, estaba en mi programa de trabajo. Quienes venimos de movimientos sociales, queremos construir un país donde existan mayores herramientas de democracia directa, donde existan opciones de participación de la ciudadanía, aseguró en declaraciones a Emol TV.

A su juicio, tomando en cuenta la instalación de los quórum supramayoritarios que exige altos niveles de aprobación para dar el visto bueno a una propuesta constitucional, queremos que las personas sí tengan la posibilidad de pronunciarse en materias que tienen alta aprobación pero no la necesaria para que sea parte de la constitución y eso significa un plebiscito dirimente.

Para Hoppe, es importante que sean las personas que decidan, que se les entregue el poder de decidir si quieren que esa norma vaya o no en una futura constitución. Me parece el mecanismo acertado, estamos en favor de aquello, porque creemos también que debemos construir una ciudadanía más activa.

Asimismo, postuló que se debe ir construyendo también en las personas este entendimiento que no solo tenemos derechos, sino que participar en la vida cívica es una obligación como parte del ejercicio de la ciudadanía y de recibir las consecuencias que se toman en el país. Debe hacerse parte activa en la toma de decisiones.

La convencional del distrito 21 sostuvo que el poder constituyente tiene las facultades para llamar a procesos y coordinar con los otros poderes del Estado, sin que con ellos se vulnere alguna norma expresa.

PROPUESTA

El plebiscito intermedio dirimente, definido en el artículo 64: La Convención Constitucional podrá resolver la realización de un plebiscito dirimente respecto de determinadas normas constitucionales, convocando a la ciudadanía a decidir mediante el sufragio universal popular la inclusión o exclusión en el nuevo texto constitucional de las normas constitucionales objeto de la convocatoria, de acuerdo a las reglas establecidas en el presente reglamento.

Por su parte, el Artículo 66 señala que los requisitos para su realización: Podrán someterse al mecanismo de plebiscito dirimente las propuestas de normas constitucionales respecto de las cuales no se hubiera obtenido el quórum para su aprobación establecido en el reglamento de votación (2/3), pero que hayan alcanzado una votación igual o superior a 3/5 de las y los convencionales constituyentes por su aprobación, en segunda votación

La fecha del plebiscito dirimente será fijada por la Mesa directiva, donde no podrán considerarse los derechos fundamentales. Por su parte, podrán participar chilenos con residencia en el territorio y el extranjero, desde los 16 años de edad.

Este mecanismo será convocado por una sola oportunidad, el cual deberá celebrarse en una fecha previa al trigésimo día anterior a que cese el funcionamiento de la Convención Constitucional. La iniciativa contará con dos opciones: Apruebo y Rechazo.

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