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Madres de Biobío y Ley de Crianza Protegida: "Deja a muchas mamás fuera"

por Camila M. Celis Rodríguez

La iniciativa permite que trabajadoras/es con permiso postnatal parental puedan extender su licencia por tres meses. El trámite se puede realizar a partir del 10 de agosto.

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Este viernes, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que extiende el postnatal de emergencia.

La medida determina que durante la vigencia del Estado de Excepción Constitucional, los trabajadores que hayan hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales podrán suspender sus contratos de trabajo, recibiendo hasta por los primeros tres meses un aporte estatal equivalente al 100% del subsidio por incapacidad laboral. Esta iniciativa viene a mejorar los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.

Frente a esta iniciativa, diario La Tribuna conversó con mujeres de la provincia de Biobío, quienes dieron a conocer su testimonio y reacciones respecto a la normativa.

Una de ellas es Daniela Daroch, una madre angelina que recibe pensión de invalidez. Daniela contó que puse un reclamo por la Ley de Crianza Protegida porque deja fuera a mamitas con esta pensión de invalidez por discapacidad. No pensaron en todo el universo de madres, pues al tener a mi hijo mayor de un año, no pude acceder al postnatal de emergencia. En cuanto al cuidado de mi hijo, no he podido acceder a ese beneficio.

Una situación parecida vivió Nelly Arriagada, una madre de Nacimiento, quien dijo que solicitó el beneficio, pero me lo negaron. Según ellos lo solicité de sorpresa y no me lo podían autorizar. En ese momento no estaba muy bien de salud, por lo que decidí llamar a mi empleadora y me pidió renunciar al otro día.

Otra mujer que contó su experiencia fue Karina Altamirano, de Los Ángeles. Tengo una hija de dos años y cuatro meses. El año pasado no trabajé porque no hay salas cunas funcionando, entonces no tenía con quién dejar a mi hija. Teletrabajo no podía hacer porque soy auxiliar de servicios menores en una escuela municipal, y como no trabajaba, debía participar en charlas, capacitaciones y talleres que se nos pidieron para justificar mi sueldo. El fuero me duró solo hasta que mi hija cumplió dos años, luego tuve que volver a trabajar. En mi opinión, deberían incluirnos, pues en cuarentena los colegios no se ensucian mucho. Ahora estoy con licencia médica, pero de lo contrario, tendría que sacarlas todos los días o dejarlas encargadas, y exponerlas a ellas y a mí a contagiarnos, explicó.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?

Según la ley, los trabajadores dependientes que cumplan con los requisitos podrán recibir hasta por tres meses una prestación mensual equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que sea igual o inferior a un $1 millón.

En tanto, aquellos que hayan recibido más de $1 millón podrán recibir un 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor.

En el caso de los trabajadores independientes, tendrán derecho a un bono de cargo fiscal por hasta tres meses equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que sea igual o inferior a $1 millón de pesos, al 70% de la licencia médica parental preventiva o a $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor.

Los funcionarios públicos podrán acceder a un permiso sin goce de remuneración por hasta tres meses, en el cual recibirán un bono mensual con cargo a la respectiva entidad, equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que sea igual o inferior a $1 millón, o al 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor. Las cotizaciones previsionales serán de cargo de la entidad empleadora.

¿CÓMO SOLICITAR ESTE BENEFICIO?

Según la información publicada en el sitio web bonosdelgobierno.com, el empleador deberá facilitar la solicitud del trabajador de acogerse a la ley y no podrá negarse a ella.

El trámite para la extensión del postnatal parental debe ser solicitado en la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

La inscripción se debe realizar por parte del empleador a partir del 10 de agosto. El trámite se efectúa de manera online, ingresando con el rut y clave de Previred en el sitio www.bonosdelgobierno.com.

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