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La Tribuna

Suprema ordena autorizar misas dominicales con aforos del Plan Paso a Paso

por Juan Villalobos

La Corte Suprema identificó que al referirse a los estados de excepción constitucional la carta magna no menciona a la libertad de culto como una de las libertades que pueden ser restringidas.

misa /

El máximo tribunal del país acogió el recurso de protección presentado en contra de la resolución del Ministerio de Salud que prohibió la realización de misas dominicales y ordenó permitir la asistencia a dichos cultos, pero bajo las restricciones del Plan Paso a Paso.

En la sentencia el máximo tribunal estableció que el actuar del Minsal fue arbitrario y discriminatorio al prohibir estas instancias religiosas pero sí permitir otras actividades grupales.

Lo planteado por el recurrente es susceptible de ser enmarcadobajo el prisma de diferentes derechos fundamentales derivados, como se ha dicho, de la dignidad humana, esto es la libertad, en las diferentes manifestaciones de ella: de conciencia y religión; de locomoción; de opinión y de reunión, indica el fallo.

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