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Corte Suprema establece obligación al estado de asegurar el acceso al agua a todos los habitantes de Chile

por Prensa La Tribuna

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En el marco de un recurso de protección, la Corte Suprema estableció la obligación del Estado de asegurar el acceso de agua potable a todos los habitantes del país, haciendo énfasis en los grupos vulnerables.

La Tercera Sala del máximo tribunal estableció la obligación del Estado de asegurar el acceso al agua potable a todos los habitantes del país, especialmente a grupos vulnerables, tal como lo disponen diversos tratados internacionales suscritos por Chile.

La Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Nogales, Región de Valparaíso, asegurar el abastecimiento de, al menos, 100 litros de agua potable per cápita al día, especialmente a miembros de grupos vulnerables de la comuna.

"Toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación; derecho que posee, como correlato, el deber del Estado de garantizar el acceso en las mencionadas condiciones", afirma el fallo.

Además, recalcó que el agua es un derecho humano fundamental y con mayor razón teniendo en cuenta los tratados internacionales, donde se resalta la importancia que accedan a ellas los siguientes grupos vulnerables: "Los pobres de zonas urbanas y rurales; las mujeres (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1979); los niños (Convención sobre los Derechos del Niño, 1989); las personas con discapacidad (Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, 2006); los refugiados y las personas internamente desplazadas; y los pueblos indígenas".

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