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Fiscalizadores de la Seremi de Salud podrán inspeccionar hogares según código sanitario

por Prensa La Tribuna

La autoridad sanitaria podrá practicar la inspección y registro de cualquier sitio, edificio, casa, local y lugares de trabajo, sean públicos o privados, según señala el código sanitario.

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Respecto a la presentación del plan "Fondeate en tu Casa" del gobierno, una pregunta se manifestó de forma transversal en la población. ¿Los fiscalizadores pueden entrar a las casas o lugares privados a fiscalizar cuántas personas hay?. Y la respuesta a esa duda es que sí, pueden entrar ya que el Código Sanitario así lo permite.

RESPALDO JURÍDICO

En elArtículo 8, el documento -quese puede consultar online - establece que para el cumplimiento de las órdenes que expida en conformidad a las facultades que le concede el presente Código y sus reglamentos,el Director General de Salud podrá requerir el auxilio de la fuerza pública directamente de la Unidad del Cuerpo de Carabineros de Chile más cercana y éstas estarán obligadas a proporcionarla.

En tanto, más adelante, en elArtículo 155 (146)se aclara mucho más la duda, ya que en él se especifica que para la debida aplicación del presente Código y de sus reglamentos, decretos y resoluciones del Director General de Salud,la autoridad sanitaria podrá practicar la inspección y registro de cualquier sitio, edificio, casa, local y lugares de trabajo, sean públicos o privados.

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