Resumen noticioso

Seremi de Economía: "Si se cumple el pago a 30 días las pymes no tendrían que acceder necesariamente al factoring"

A raíz de la emergencia sanitaria actual los pagos en las facturas de las pequeñas y medianas empresas podrían verse lentificados, situación que puede detonar en que se recurra al factoring, un recurso del mercado financiero que se debería utilizar sólo para emergencias.

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Marisel Venegas Díaz

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El factoring es un término conocido dentro del mundo de las finanzas, sobre todo para las pequeñas y medianas empresas (pymes), las que en ocasiones, pueden necesitar liquidez y entrar a solicitar este recurso de financiamiento. Debido a la pandemia y a las repercusiones en la economía sobre todo para las pymes, se puede hacer necesario el recurrir a este tipo de adquisición, el que puede funcionar bien pero sólo como una medida excepcional y de emergencia. En este sentido, el secretario regional ministerial de Economía en el Biobío, Mauricio Gutiérrez, manifestó que el factoring siempre ha sido una herramienta para obtener liquidez, sobre todo antes de que se promulgara la ley de pago a 30 días, ya que con antelación a que existiera esta norma, gran cantidad de empresas pagaban a 60, 90 y hasta 120 días. La ley de pago a 30 días tiene como dos cuerpos; uno es el cuerpo legal que establece la obligatoriedad de pagar a 30 días, específicamente para que las pequeñas y medianas empresas tengan mayor liquidez, pero también hay un aspecto cultural y es aquí donde esta ley pretende cambiar la visión de las grandes empresas en materia de pago y liquidez de sus colaboradores principales que son las pequeñas y medianas empresas explicó el seremi.

La autoridad económica dijo que no se puede hacer mal uso de esta ley, ni tampoco trampas que vayan aplazando los pagos, porque en ocasiones, las empresas más grandes solicitan demasiada documentación al momento de facturar y se van atrasando los pagos, entonces es importante el cumplimiento del espíritu de esta norma del pago a 30 días, ya que si se respeta las pymes no tendrían que acceder a un factoring necesariamente.

Nosotros tenemos mesas de trabajo con las pymes de Biobío y en esas instancias analizamos este tipo de situaciones, en donde el llamado es a pagar en 30 días, porque hay que tener en cuenta que las empresas no quiebran por rentabilidad, sino por liquidez, entonces si se cumple este plazo de pago que estipula la ley no se debería tener que acceder al factoring, a menos que sea estrictamente necesario explicó.

LA MIRADA LOCAL

Mario Pulgar, economista y académico local, señaló que en términos económicos el factoring puede ser la alternativa si una empresa lo necesita, debido a que da liquidez inmediata, pero que hay que tener en cuenta que no siempre es la mejor medida de financiamiento.

Mediante el factoring las empresas logran acceder a los fondos más rápidamente pero con un costo bastante más alto que otras alternativas de financiamiento, por lo tanto, el factoring es una muy buena medida en caso de emergencia, pero no puede ser que una empresa tenga que recurrir de manera constante a este financiamiento, y si eso fuese así la empresa estaría realizando una mala gestión en términos financieros.

Cabe destacar que el economista dijo que existen otras alternativas antes de recurrir al factoring para cubrir el capital de trabajo, que son más baratas y generan menos perjuicios para una empresa, es por eso que se debe analizar bien la situación antes de solicitar por parte de una empresa el financiamiento mediante factoring.

El factoring es ofrecido desde la empresa privada, sin embargo, en la página de BancoEstado hay un apartado referente a este tipo de financiamiento, en el que señalan que el factoring mejora el flujo de caja, disminuye el costo y la carga administrativa y aumenta la capacidad crediticia, entre otros.

También en la misma página están detallados otros tipos de financiamiento para las empresas como lo son el financiamiento flexible para la inversión, la línea multiproducto para capital de trabajo, el leasing para empresas, y los fondos de garantía.

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Nosotros tenemos mesas de trabajo con las pymes de Biobío y en esas instancias analizamos este tipo de situaciones, en donde el llamado es a pagar en 30 días, porque hay que tener en cuenta que las empresas no quiebran por rentabilidad, sino por liquidez, entonces si se cumple este plazo de pago que estipula la ley no se debería tener que acceder al factoring, a menos que sea estrictamente necesario.

 Mauricio Gutiérrez, seremi de Economía del Biobío.

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