Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

Especialistas entregan su veredicto sobre proyecto para indemnizar a compradores online

por Juvenal Rivera Sanhueza

La propuesta ha generado cuestionamientos desde el mundo jurídico por lo que es interesante saber sus pro y sus contra.

Internet /

Recientemente, la diputada de Renovación Nacional (RN), Francesca Muñoz, presentó una moción para que se deje expresamenteun derecho de reparación inmediata a los consumidores en caso que productos online aparezcan como disponibles, pese a que estén sin stock o cuándo no se cumplan los plazos establecidos. La iniciativa establece que se apliquen dos opciones: obtener la restitución íntegra e inmediata de lo que hubiere pagado una persona por el producto en dinero o una indemnización equivalente al valor del producto, cuyo monto podrá ser resarcido en otros productos disponibles.

Esta propuesta ha generado ruido entre los expertos legales pues tendría problemas de forma y fondo que harían que fuera inaplicable en la vida diaria, generando más problemas que beneficios. Es por este motivo que dos expertos en derecho al consumidor entregaron a continuación sus puntos de vista sobre este proyecto que surge por el aumento de las ventas virtuales como la modalidad de compra de productos durante la pandemia.

POCO VIABLE

No me parece una muy buena propuesta legislativa, que si bien puede estar apuntando a una mayor protección a los consumidores, lo cual es bueno, la propuesta tal y como está presentada carece de toda aplicación práctica, y traería más problemas que beneficios, explicó Sebastián Aliaga, socio de Contreras & Aliaga Abogados.

El jurista argumentó que con la ley actual del consumidor es impracticable obtener una indemnización sin mediar un juicio. En el caso de la moción parlamentaria, no existe ningún órgano que cuente con las facultades de una superintendencia que fiscalice el comercio electrónico, por lo que sucedido el hecho de una venta a sabiendas de no contar con stock, ya sea el Sernac o el propio consumidor, deberán dirigirse ante un tribunal, llevarse a cabo un juicio, acreditarse los hechos y recién ahí operaría la indemnización, lo cual de automático no tiene nada, y este panorama ya se encuentra regulado con el mismo efecto en la ley actual, aclaró.

Similar visión comparte la experta Ana Velásquez de Eguiguren Abogados. Será difícil que un ente externo pueda fiscalizar que todas las empresas cumplan con esta medida, por lo tanto, creo que la mejor forma para una correcta aplicación de la ley es que las personas puedan hacer la denuncia ante incumplimientos de forma expedita y que en caso de corroborarse la violación de la ley haya multas ejemplares a las empresas y, de esta forma, instar a que estas faltas no se produzcan, puntualizó.

MEJORAS AL SERNAC

Ambos profesionales coincidieron en la necesidad de fortalecer las facultades del Sernac con el fin de favorecer a los consumidores. Un gran problema de la ley es que el SERNAC tiene muy pocas facultades para sancionar a las empresas, lo que obliga al consumidor a recurrir a los tribunales de justicia para ejercer sus derechos, lo que claramente genera un enorme desincentivo al ser procesos complejos, costosos y que requieren un cierto conocimiento técnico, concluyó Velásquez.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto