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Suprema determina que síndrome de Down no es una enfermedad y ordena a aseguradora dar cobertura de salud

por Prensa La Tribuna

El fallo de la Tercera Sala del máximo tribunal ordena a la compañía de seguros Colmena a darle cobertura al hijo del demandante. El tribunal consideró que en el caso se configuró "una situación de discriminación".

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La Corte Suprema dio a conocer un fallo histórico en materia de salud e inclusión, luego que acogiera un recurso de protección en contra de la compañía de seguros Colmena, estableciendo queel síndrome de Down no es una enfermedad.

De esta manera, la Tercera Sala del máximo tribunal del paísordenó a la empresa a entregar cobertura a las enfermedades comunesque tiene el hijo del demandante, dejando fuera de esta consideración la situación de discapacidad.

LA RESOLUCIÓN

Se advierte, en primer término, que en esta se señala el síndrome de Down como una anomalía congénita, la cual constituye una condición de la persona que estará presente en su desarrollo, perodescarta que sea una enfermedad, indica la sentencia.

La resolución agrega además que en lo que respecta al ámbito jurídico,un individuo con síndrome de Down no puede ser calificado como enfermo, y que para los efectos de la cobertura del seguro de vida contratado no era necesario informar sobre esta condición.

Así, el tribunal consideró como infundados los argumentos de la compañía de seguros Colmena paranegarse a bonificar los gastos en que incurrió esta familia para la atención médica del menor, por lo que se configuró una situación de discriminación que es necesario que esta corte enmiende.

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