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AFPS deben tener formularios claros y habilitados este jueves

por Prensa La Tribuna

Recordar que el monto máximo de Retiro es el 10% de los Fondos ahorrados.

afp /

La Superintendencia de Pensiones instruyó a las AFP que para este jueves y a partir de las 09:00 horas deben tener todo implementado para ejecutar el mandato de la reforma Constitucional aprobada por el Congreso del retiro del 10% de los fondos. El organismo supervisor ordenó que las administradoras deben contar en sus sitios web con un acceso que conduzca directamente a las solicitudes de retiros de fondos. Lo importante es que la población tenga presente que no requiere de clave web y que el trámite se realiza por internet y en cada página de la AFP que corresponda, de acuerdo donde se encuentre afiliada la persona.

La instrucción es clara,  el formulario de solicitud debe estar operativo y este debe ser único y contener la misma información a los afiliados y beneficiarios.

Parte de la información elemental que se solicitará será el  número de cédula de identidad y su serie, domicilio completo (opcional), teléfono y correo electrónico, la modalidad de pago requerida, además de las respectivas instrucciones de llenado. Respecto a lo primero -número cédula de identidad-, la AFP deberá verificar en línea la calidad de afiliado o beneficiario del solicitante, no permitiendo continuar el ingreso de datos de no validarse correctamente la información.

Además la AFP deberá notificar al afiliado o beneficiario que ha recibido la solicitud de retiro, enviándola al correo electrónico y celular que tenga registrado previamente en la base de datos, además de los registrados en la respectiva solicitud. Junto a esto, deberá implementar mecanismos de monitoreo de cambios de datos de contacto, con el objetivo de contar con sistemas de alerta temprana de fraudes.

Las entidades  tendrán un plazo de cuatro días hábiles para validar la solicitud e informar si ésta fue aprobada o rechazada. En caso de rechazo, la administradora debe explicar claramente las razones de aquello. La aplicación también deberá permitir que aquellos afiliados extranjeros que no cuenten con cédula de identidad nacional puedan solicitar el retiro, ingresando para este efecto el NIC (número identificatorio para cotizar) utilizado para el pago o declaración de las cotizaciones, y la clave de acceso a la AFP.

En el formulario debe solicitarse la modalidad de pago que se prefiera, quien podrá seleccionar entre: transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde está efectuando el retiro (si no posee una, se creará automáticamente); depósito en una cuenta bancaria o de instituciones financieras, incluyendo cooperativas de ahorro y crédito, y cuentas de provisión de fondos de compensación. También las AFP podrán incorporar como forma de pago el dinero en efectivo en servicios como Servipag o Sencillito. Por último, en caso de que el afiliado seleccione como medio de pago la emisión de un vale vista, este será emitido.  Serán rechazados los pagos a cuentas bipersonales como también las cuentas digitales con procesos de apertura no presenciales, con el objetivo de evitar el rechazo de la solicitud.

¿Cómo funciona la retención?

La Superintendencia señala que "los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, por parte de entidades financieras o cualquier otra, así como tampoco afectos a impuestos, salvo las excepciones de pensión alimenticia y compensación por divorcio".

Pese a esto, aún no se especifica cuál será el porcentaje retenido. Eso sí, el diputado Gabriel Boric, a través de su Twitter, señaló que para hacer efectiva el pago de la pensión en caso de que el deudor retire el 10%, es "necesario tener judicializada la pensión y solicitar apremio en procedimiento de cobranza que se tramita en Tribunales de Familia".

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