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La Tribuna

Expertos explican fallo judicial que obliga a AFP a devolver fondos de pensión a profesora

por Benjamín Ahumada

En 2019, María Angélica Ojeda anunció que haría historia y así fue, al convertirse en la segunda chilena que, a través de los tribunales, logra que una Administradora de Fondos de Pensión le devuelva la integridad de sus fondos.

AFP /

En marzo de este año, Provida perdió en un fallo similar contra un ciudadano de la Región de O´Higgins el caso fue apelado por la administradora y hoy es visto por la Tercera Sala de Corte Suprema de Santiago.

María Ojeda es un profesora jubilada de Antofagasta que, de la noche a la mañana, pasó de tener un sueldo de 1.2 millones de pesos a apenas 181 mil.

Su realidad cambió de manera abrupta. En 2019, Ojeda anunció que haría historia y hoy en primera y segunda instancia, la Corte de Apelaciones de Antofagasta lo confirmó: la mujer cumplió su palabra al conseguir que la justicia fallara a su favor en un litigio por sus fondos previsionales y obligó a la administradora a entregarle sus $ 46.569.000, ahorrados durante su vida laboral.

Conocida la información, la Tribuna contactó a los abogados Ignacio Riveaux y Diego Messens, expertos en la materia previsional.

Además, el senador Alejandro Navarro anunció que presentará el mismo recurso ganador en todas las regiones del país mientras que el diputado Manuel Monsalve aprovechó para pedir que La Moneda apoye el proyecto de los senadores, que busca que los chilenos retiren el 10% de sus ahorros previsionales en medio de la crisis sanitaria.

LA VOZ DE LOS EXPERTOS

Diego Messen, es abogado y socio de Moraga & CIA. Además, es académico de la Universidades Adolfo Ibáñez y de Chile.

Consultado por La Tribuna, el experto dijo que el fallo evidentemente que podría prestarse para que todos los chilenos recurran a la Corte de Apelaciones a solicitar los fondos que se encuentran a la AFP, argumentando el pago de deudas, especialmente, cuando se tratan de deudas de u2018sobrevivenciau2019 para personas mayores.

Eso sí, Messen, dijo es difícil que esta jurisprudencia sea sostenida en el tiempo, ya que el fallo desconoce el sistema de pensiones y seguridad social en Chile (por eso que no se ha señalado que es ilegal, solo arbitrario), pero no sería extraño que una Corte fallara totalmente distinto. Seguramente esto lo va tener que revisar la Corte Suprema, donde podremos realmente evidenciar la tendencia jurisprudencial.

En este sentido, tuvo una opinión un poco más desfavorable para el sentir nacido tras el estallido social: Me parece que como está construido el fallo, veo poco probable que la Corte Suprema mantenga esta tesis, en especial, el sustento de la arbitrariedad que se está usando para conculcar el texto normativo del D.L. 3.500 que establece un sistema de seguridad social.

En tanto, Ignacio Riveaux, socio de Contreras & Aliaga Abogados y abogado Universidad Diego Portales, explicó que lo que hace la corte es autorizar la devolución de la totalidad de los fondos de pensiones de una jubilada, para efectos que ella lo destine a otros fines distintos a lo de su jubilación.

Para explicar más su respuesta, el abogado recordó que es una polémica de bastantes pronunciamientos anteriores, al menos de otras cortes, en las cuales siempre han rechazado la petición de quienes recurren de protección para estos efectos.

En este sentido agregó que particularmente, la polémica hace referencia a una cuestión de carácter político, que debiese ser resuelto por nuestros legisladores, más que por nuestro poder judicial, quien tiene que referirse exclusivamente a aquellas materias que son de su conocimiento y no hacer de legisladores en estos casos.

En su rol de experto, dijo que sin perjuicio de lo anterior, la corte hace un razonamiento bastante interesante al respecto y finalmente lo que dice, es que aquellos cotizantes o aquellos jubilados que se encuentran en un estado de necesidad económica, pueden disponer de sus fondos ahorrados.

Sobre el futuro y su percepción sobre la jurisprudencia que podría existir, Ignacio Riveaux explicó que es una resolución bastante polémica, que no sintetiza la totalidad de los problemas que pudiesen ocurrir, además, probablemente el desbalance económico con el sistema que ocurriría producto de estas devoluciones masivas, que pudiesen ocurrir, precisamente por el criterio que ya señalé.

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