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La Tribuna

Inspección del Trabajo insta a cumplir jornadas laborales este fin de año

por Claudia Robles Maragaño

La ley dispone que los trabajadores del comercio bajo ninguna circunstancia trabajarán más allá de las 20:00 horas los días 24 y 31 de diciembre de cada año, comentaban los funcionarios de la Inspección Provincial del Trabajo, que al mediodía de ayer, realizaron una actividad por calle Colón con Colo Colo, para luego iniciar un recorrido por el centro de la ciudad.

Durante el año, son feriados obligatorios e irrenunciables,  los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero para todos los trabajadores del comercio, salvo aquellos que presten servicios en clubes, restaurantes, locales de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets. Al igual que locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos;

casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. Bencineras, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria, entre otros expresamente considerados en la normativa legal.

Las multas por infringir la normativa parten con el pago de 5 UTM por cada trabajador afectado por la infracción, dependiendo siempre del total de funcionarios contratados.  

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