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La Tribuna

Hombre que abusó de su hijastra con discapacidad mental fue declarado culpable

por Marcela Vidal

Luego de tres años de ocurridos los hechos, este hombre tendrá que esperar su sentencia el próximo martes 28 de mayo.

dav /

Marcela Vidal

Rebolledo

[email protected]

Después de dos días de juicio, Marcelo Pérez Arrau, el hombre

acusado de violar a su hijastra con discapacidad mental en la comuna de Yumbel

en 2016, fue declarado culpable del delito.

El hecho, cabe recordar, desembocó en que la víctima -una mujer

de 33 años- diera a luz una menor que actualmente tiene cuatro años de edad y

que fue reconocida por el responsable, luego de los actos reiterados en contra

de la mujer.

Sobre ello, el magistrado manifestó la responsabilidad de este

hombre en los actos que se habrían realizado por este sujeto, en conocimiento

de la discapacidad sufrida por la mujer, quien mentalmente representa siete

años, según establecieron las pericias psicológicas realizadas en la

investigación. Hecho que, cabe recordar, fue denegado por la defensa, quienes

manifestaron que los actos sexuales fueron consentidos por la afectada, quien

vivía en dicho domicilio con su madre.

Sobre ello el fiscal adjunto de Yumbel, Alberto Cruz Lagos,

manifestó sobre la deliberación del tribunal que se

tomó en consideración el tipo

penal de violación a mayor de 14 años, por lo que se mantiene conforme con la

determinación.

El

tribunal condenó por el delito que el Ministerio Público acusó, que en este

caso fue violación de una persona mayor de 14 años, que actuó aprovechándose de

su discapacidad mental. Por lo que se solicitó una pena de diez años y un día

respecto del imputado por la gravedad de los hechos y tendremos que esperar la

resolución del tribunal respecto a la petición de la Fiscalía, comentó. 

Según explicó

además el fiscal de Yumbel en la instancia se dio por entendido que esta mujer

no tendría la capacidad para dar el consentimiento de la víctima tenía una edad

cronológica a la fecha de 33 años pero, como quedó acreditado, una edad mental

que no era superior a una persona de seis y siete años.

En tanto, desde la defensa, el abogado Ernesto Ochoa, manifestó

su oposición sobre dicha decisión dando a conocer que el implicado siempre

colaboró en la investigación y los hechos siempre fueron de carácter

consentido.

A

diferencia de lo que plantea la defensa, el tribunal estima que los hechos sí

constituyen un delito por la situación de discapacidad intelectual que tenía la

víctima, pero ahora tenemos que esperar el texto de la sentencia que va a ser

entregado el día martes próximo y de acuerdo a su fundamento, se examina la

posibilidad de recurrir al predicamento que plantea el tribunal en su fallo.

ARGUMENTOS

DE LA EDAD DE LA VÍCTIMA

En medio de este caso, el abogado

defensor hizo hincapié en la situación donde un perito declaró sobre el debate

de la edad de la víctima.

Tuvimos que debatir que se trataba

de un informe que hablaba de la discapacidad intelectual moderada, sin embargo,

en el juicio la perito apareció con otras conclusiones que no estaban

consideradas en su informe. Lo que evidentemente afecta al proceso y de hecho a

la defensa, puesto que nos encontramos con esta situación sorpresiva la que no

podíamos prever y sobre eso tenemos que ver lo que dice el fallo en su

fundamentación y conforme a eso la posibilidad de recurrir dependiendo de la

fundamentación que tenga el tribunal, explicó la defensa.

En medio de esto, el abogado

persistió en el objetivo de absolver al inculpado sobre el abuso y situación del

consentimiento.

Nosotros solicitamos pena

sustitutiva o en su defecto una menor o de baja cantidad en tiempo, toda vez

que concurrían atenuantes que según nuestro criterio correspondían a su

irreprochable conducta anterior y colaboración en el esclarecimiento de los

hechos, puntualizó.

Por el momento

cabe destacar que el acusado se encuentra en libertad pero con prohibición 

de acercamiento a la víctima, hecho que se dará a conocer definitivamente el

próximo 28 de mayo.

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