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Fisco fue absuelto de responsabilidad en muerte de diputado Juan Lobos

por La Tribuna

Esto, luego de que jueces estimaran que no existía falta de servicio por parte del Fisco ya que el cierre perimetral del predio por donde salió el caballo dependía de un particular.

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La Corte de Apelaciones de Concepción revocó la sentencia dictada –el 31 de julio de 2015- por el Primer Juzgado Civil de Concepción que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 20 millones de pesos a la pareja del diputado Juan Lobos, Carmen Rodríguez.

Lobos murió el 11 de abril de 2011, cuando se trasladaba en su automóvil particular desde Los Ángeles al aeropuerto Carriel Sur de Talcahuano para abordar un vuelo que lo llevaría a la Región Metropolitana.

Fue a la altura del kilómetro 20 de la ruta que conecta la localidad de Cabrero con la capital regional del Bío Bío, cuando su vehículo impactó contra con un caballar en plena ruta.

El parlamentario falleció una hora después, mientras que una de sus hijas -con quien viajaba al momento de ocurrido el hecho- resultó con graves heridas.

El fallo adoptado de forma unánime por los jueces del tribunal de alzada acogió el recurso presentado por la parte demandada.

La sentencia dictada por el Primer Juzgado Civil de Concepción fue rechazada al estimar que no existía falta de servicio, puesto que el cierre perimetral del predio por donde salió el caballo dependía de un particular.

“La causa basal del accidente no se relaciona con alguna obligación del Estado incumplida y porque el hecho que la sustenta no ha sido acreditado de la forma expresada en la demanda, es lo cierto que aun cuando se estableciera el acceso del caballo a la Ruta por el mal estado de sus cercos aledaños, ello tampoco provoca la responsabilidad del Fisco por falta de servicio”, sostiene el fallo.

Asimismo, expresa que “(…) el cerco en mal estado que permitió la salida del animal no era perimetral, sino que se encontraba a casi 4 kilómetros del lugar por donde accedió a la carretera, siendo responsabilidad de su propietario mantener en resguardo a sus animales y, si bien, había otros cercos en malas condiciones colindantes a la vía, por donde también habría atravesado el animal, su mantención y reparación también es responsabilidad del propietario del predio”.

 

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