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Nuevas facultades al Sernac: ya comenzaron las fiscalizaciones en Biobío

por Alejandra Sánchez

Este 14 de marzo entró en vigencia la ley 21.081, normativa que le entrega mayores atribuciones al Servicio Nacional del Consumidor, permitiéndole disuadir a las empresas de las malas prácticas.

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Hace casi un mes se promulgó la modificación a la ley 19.496, que en este caso es la ley 21.081, que fortalece al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) otorgándole mayores facultades, así como la simplificación de sus procesos y procedimientos de manera que la gente, la ciudadanía en general, se sienta más protegida por el servicio.

En entrevista con Diario La Tribuna y Radio San Cristóbal, el director regional del Sernac en Biobío, Juan Pablo Pinto, detalló las nuevas facultades de la entidad, además del trabajo que se implementa en la provincia de Biobío.

“Creemos nosotros que lo más visible para el consumidor y la ciudadanía en general es la facultad fiscalizadora y de hecho ya hemos empezado las inspecciones en Biobío; realizamos nuestra primera fiscalización la semana antepasada con la revisión de empresas de retail. Fue una actividad muy interesante y muy comprometida de cara a la ciudadanía porque hay una gran expectativa respeto de lo que nosotros estamos desarrollando”, explicó.

Sostuvo que con esto existen una serie de elementos que, sin duda, van a beneficiar a la ciudadanía. “Por ejemplo, soluciones más eficaces; creemos que hemos podido desarrollar simplificación en los trámites, lo que significa que el reclamo en su trabajo administrativo pasa a ser más simple y breve. También hay un aumento importante en las multas; antes lo máximo que se podía aplicar eran 300 UTM y hoy estamos llegando a 2.250 UTM; creemos que es un desincentivo a las malas prácticas. Cuando tenemos ciudadanía más informada, esta se empodera y da cuenta de estas malas prácticas”.

Es con estos reclamos que el servicio constata en terreno las malas prácticas, logrando establecer mediante su procedimiento que los tribunales multen a las empresas, las que hoy van a ser bastante más altas.

OBLIGACIÓN DE LOS PROVEEDORES

De la misma forma, el director regional del Sernac recalcó que hoy la ley establece obligaciones por parte de los proveedores; “si bien antes con la antigua ley muchos de los procedimientos eran de carácter voluntario, hoy, como requerimientos que hacíamos de información básica y otra serie de detalles, pasa a ser obligatorio”.

Añadió que “nosotros realizábamos de alguna manera inspecciones en terreno, pero también eran de forma voluntaria y podíamos constatar solo aquellos hechos que eran de carácter público; hoy podemos tener una mayor intervención y la empresa no puede negarse. Ya es una falta que puede derivar en una multa el hecho de negarse a entregar información o negarse a una fiscalización”.

Las fiscalizaciones van a ser sorpresivas, aleatorias y conforme a un plan establecido con las fechas y los establecimientos que se inspeccionarán, lo que solamente sabrán los fiscalizadores.

DAÑO MORAL COLECTIVO

Con esta normativa también se podrán exigir indemnizaciones solo por el daño patrimonial, lo que puede llegar hasta un 25% adicional. Además, hay aquí una figura jurídica que es compleja, pero que hoy se establece: el daño moral colectivo.

Por ejemplo, aumentan las multas en el caso de publicidad engañosa que produzca un efecto en la ciudadanía hasta 2.250 UTM, esto son más de 100 millones de pesos, por lo tanto, también es una oportunidad para las empresas de que mejoren sus estándares.

Otro ejemplo: si una empresa suspende injustificadamente un servicio contratado, antiguamente la multa máxima eran 150 UTM, alrededor de siete millones de pesos, y hoy se arriesgan a multas hasta de 36 millones.

“Si se logra acreditar que la falla o corte es negligencia de la empresa, es esta la que arriesga, además de las compensaciones a los consumidores, una multa de hasta 36 millones de pesos”, dijo Pinto.

En el caso de la publicidad engañosa, antes una multa podía ser de 47 millones de pesos, pero hoy puede llegar a 108 millones.

“Lo más simple y más cotidiano que veíamos era cualquier infracción individual, es decir, un consumidor afectado de manera individual en que era sancionada la empresa por un juzgado de policía local o tribunal, arriesgaba alrededor de $2 millones y medio de multa, pero hoy puede arriesgar hasta 14 millones. Creemos que esto también es un desincentivo a las malas prácticas y estas herramientas potencian nuestro trabajo”, subrayó la autoridad regional.

El SERNAC EN LOS ÁNGELES

Si bien en la capital de la provincia de Biobío no existe una oficina del Sernac, mediante un acuerdo con la Municipalidad de Los Ángeles tienen a algunos funcionarios del municipio dedicados a recibir a la ciudadanía, recepcionar sus reclamos y responder a sus dudas.

En este sentido, Juan Pablo Pinto manifestó que “para nosotros ha sido una tremenda herramienta; tengo que confesar que hoy en materia de cercanía con la ciudadanía la comuna de Los Ángeles es la segunda después de Concepción, pero esta última no tiene ninguna gracia porque allá esta la oficina regional; tenemos cuatro ejecutivos de atención de público, pero sin tener oficina, solamente con el convenio con la Municipalidad; Los Ángeles es la segunda más importante”.

Agregó que gracias a esta gestión municipal se está logrando tener una cobertura importante recepcionando los reclamos de la gente de manera presencial. “Nos ha funcionado tremendamente bien, estamos muy agradecidos; es para nosotros la segunda comuna más importante en términos de gestión, así es que agradecer a la Municipalidad porque realmente ha sido una tremenda herramienta para nosotros”, puntualizó.

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