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La Tribuna

Hasta $800 mil pesos podría recibir si es favorecido con alguno de los subsidios otorgados por el IPS

por Alejandra Sánchez

Estas iniciativas son parte de los beneficios y pensiones que otorga el Instituto de Previsión Social durante el año.

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Bonos, subsidios, aportes, pensiones, aguinaldos, entre otros, son los diversos beneficios que el Gobierno implementa para ir en directo apoyo de las personas, los que mayoritariamente van en ayuda de los más vulnerables.

Beneficios que son entregados a través del  Instituto de Previsión Social –IPS- que, sin duda, vienen a ser de gran ayuda para todo el clan familiar, y poder suplir sus necesidades básicas, o aquellos gastos que por alguna condición o enfermedad específica se incrementan.

Dentro de ellos, se encuentran los subsidios con los que se puede llegar a recibir aproximadamente $808 mil pesos al año, esto si la persona cumple con requisitos que se determinan para ser beneficiados con alguno de ellos.

Actualmente son cuatro los subsidios que el IPS tiene, y a los que puede acceder. Los que detallaremos a continuación.

SUBSIDIO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL MENORES DE 18

Este beneficio es un aporte en dinero que entrega el Estado, en forma mensual, a aquellas personas con discapacidad mental, menores de 18 años y carentes de recursos económicos.

Además del dinero en sí mismo, la entrega del beneficio, da derecho a los menores, a recibir atención médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.

Los beneficiados son aquellas personas menores de 18 años, cuya discapacidad mental haya sido declarada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente a su domicilio.

Además, los menores deben cumplir con los siguientes requisitos: ser personas carentes de recursos, de acuerdo al  Registro Social de Hogares.

No debe poseer previsión social, así como tampoco deben estar recibiendo ningún otro tipo de subsidio, ya que este beneficio es incompatible con otra pensión;

Y deben tener una residencia continua en el país de, por lo menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Para el año 2018, este monto equivale a $67.347 mensuales. Este beneficio se reajusta en el mes de enero de cada año, en un 100% de la variación experimentada por el índice de Precios al Consumidor –IPC-.

Para solicitar el beneficio se debe presentar certificado Médico que acredite acreditar su discapacidad emitido por la COMPIN, Cédula de Identidad del postulante y su tutor.

Con lo anterior, debe acudir a la municipalidad más cercana a su residencia, con el certificado que acredite la discapacidad, emitido por la COMPIN.

SUBSIDIO A LA COTIZACIÓN DE TRABAJADORES JÓVENES

Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, establecido por la Ley Nº 20.255.

Los requisitos para obtener y percibir el Subsidio, es que el trabajador tenga entre 18 y 35 años de edad, menos de 24 cotizaciones en el Sistema Previsional (AFP).

En tanto, la remuneración de los trabajadores debe ser menor o igual a 1,5 ingresos mínimos mensuales (excepción: recibirá pago de subsidio cuando la remuneración aumenta hasta 2 ingresos mínimos solo si esta situación se da a partir del 13° subsidio a percibir).

Las cotizaciones de seguridad social correspondientes al respectivo trabajador deben estar pagadas o declaradas.

El monto del beneficio equivale al 50% de una cotización previsional (10%) calculada sobre la base de un ingreso mínimo. De corresponder pago, el monto del Subsidio será depositado en la Cuenta de Capitalización de la AFP en la cual se encuentra afiliado el trabajador.

Y puede solicitarse en los Centros de Atención del IPS, a través de la página web del IPS y en las Oficinas de Atención de las AFP.

Documentos requeridos: Datos personales y laborales del trabajador.

SUBSIDIO FAMILIAR PARA PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS

También conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), es un beneficio destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional.

El monto del beneficio, desde el 1 de julio de 2017, corresponde a $11.091. El que paga el Instituto de Previsión Social y su financiamiento es fiscal.

En el caso de los causados por inválidos o deficientes mentales, su monto es el doble del establecido.

Asimismo, los requisitos para obtener este beneficio son, estar inscrito en el Registro Social de Hogares y pertenecer a un hogar calificado hasta el 60% de menores ingresos, certificado de nacimiento del menor, fotocopia del carné de  control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.

Certificado de alumno regular de los mayores de 6 años, fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.

En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios. Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

SUBSIDIO A LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES JÓVENES

Permite acceder a un beneficio cuyo fin es fomentar la contratación de jóvenes, junto con incrementar su cobertura y fondos previsionales e incentivar la formalización de su trabajo. El Instituto de Previsión Social (IPS) determinará el monto y lo cancelará al empleador.

Tienen derecho al beneficio los empleadores que cumplan los siguientes requisitos; tener contratados a trabajadores de entre 18 y 35 años de edad, que reciban una remuneración igual o inferior a 1,5 ingresos mínimos mensuales.

Tener enteradas las cotizaciones de seguridad social correspondientes al respectivo trabajador dentro del plazo que la ley establece para ello.

Los trabajadores deben tener o registrar menos de 24 cotizaciones.

El empleador no debe registrar deuda previsional.

El valor de este aporte es el equivalente a la mitad de una cotización previsional calculada sobre un ingreso mínimo mensual.

Documentos requeridos: la escritura donde la empresa designa al representante legal.

Mandato cuando el representante legal no es quien efectúa el trámite.

N° Cédula de identidad de los trabajadores, cuando sean hasta 10 los trabajadores a postular. De ser más los trabajadores a ingresar, en la copia de la solicitud se le entregará una clave con la cual ingresando a la página web del IPS podrá ingresar los trabajadores y completar la solicitud.

Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.

Diríjase al Centro de Atención del IPS más cercano.

Explique el motivo de su visita: solicitar el subsidio a la contratación de jóvenes.

Es importante, para obtener y postular a estos beneficios, tener en cuenta que algunos de estos subsidios no son compatibles con otros aportes, por lo que deberá optar por alguno de ellos, además de cumplir con determinados requisitos para no perder el subsidio.

Para mayor información de estos beneficios, lo puede hacer en la página web del ips.gob.cl, o recurrir a la oficina más cercana.

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