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La Tribuna

Más de 10 mil personas ya han recibido el Bono Bodas de Oro en la provincia de Biobío

por Alejandra Sánchez

El monto de este beneficio es de $313.236 por matrimonio, cada cónyuge recibe la suma de $156.618.

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A siete años ya de instaurado el Bono Bodas de Oro -los primeros pagos se iniciaron en mayo de 2011, bajo el primer mandato del Presidente Sebastián Piñera, - y hasta la fecha, el Instituto de Previsión Social –IPS- ha beneficiado, sólo en la región, a más de 50 mil personas, de las cuales 10 mil corresponden a la provincia.

Así lo informó el seremi del Trabajo y Previsión Social, Carlos Jara, quien visitó la capital de la provincia de Biobío donde se reunió con una pareja que cumplió sus 50 años de matrimonio y que pudo cobrar el beneficio equivalente a 313 mil 236 pesos.

“Hoy llegamos hasta la comuna de Los Ángeles para compartir con doña María y don Demetrio, uno de los tantos matrimonios que ya han sido beneficiados con el bono bodas de oro, iniciativa impulsada bajo el primer mandato del presidente, Sebastián Piñera, y que corresponde a una ayuda económica de 313 mil pesos que se le entrega a la pareja”, manifestó el Seremi,  Carlos Jara.

En total, para la provincia de Biobío, y a siete años de su entrada en vigencia son 10 mil 730 las personas favorecidas, lo que equivale a aproximadamente 5 mil matrimonios, con una inversión fiscal de 1.454.647 de pesos.

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO AL BENEFICIO?

Cónyuges que cumplen 50 años de matrimonio, que no se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).

Asimismo, integrar un hogar calificado dentro del 80% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según la información del Registro Social de Hogares, convivir en el mismo hogar o acreditan residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.

Del mismo modo, los cónyuges deben acreditar la residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

En tanto, las personas viudas tendrán derecho al bono en los siguientes casos: si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono.

Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida formará parte de su herencia.

DOCUMENTOS REQUERIDOS

Para poder obtener este beneficio, se requieren algunos documentos como la cédula de identidad vigente, y si el trámite es realizado por un apoderado un Poder notarial.

No requiere presentar antecedentes previsionales o certificados civiles (de nacimiento, matrimonio o defunción), ya que el ejecutivo de ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente.

VIGENCIA

Una vez que el matrimonio cumple su 50° aniversario, tiene plazo de un año para realizar el trámite. Si el bono no es cobrado dentro de un plazo de seis meses luego de haber sido emitido, se entenderá como una renuncia al beneficio.

Finalmente, para solicitar el beneficio, se deben dirigir al Centro de Atención IPS - ChileAtiende más cercano, ubicados en la provincia de Biobío, ubicado en las comunas de Los Ángeles, Cabrero, Nacimiento, Laja, Mulchén, Santa Bárbara y Yumbel. 

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