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La Tribuna

Nuevo protocolo para definir si una enfermedad es Laboral o no

por Alejandra Sánchez

Actualmente, la certificación no está regulada y el 80% de los males presuntamente profesionales terminan siendo descartados

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A partir  del 1 de  marzo del 2016 empezará a regir estricto protocolo para definir si una enfermedad es laboral o no, así lo explicó el Director Regional del Instituto de Seguridad Laboral Región Biobío –ILS-, Narciso Cortés.

La circular 3167 que “Instruye a los organismos administradores del seguro de la Ley n° 16.744, sobre el protocolo de normas mínimas de evaluación que deben cumplir en el proceso de calificación del origen de las enfermedades denunciadas como profesionales”, fue producto de un trabajo conjunto entre la Superintendencia de Seguridad Social con las mutuales y  el Instituto de Seguridad Laboral.

Para ello, la Superintendencia de Seguridad Social –Suseso-,  convocó a los distintos actores a discutir sobre la forma en que se llevaba a cabo el estudio de las  denuncias, se crearon 2 mesas de trabajo, las que sesionaron durante aproximadamente 2 meses y se implementó una mesa de patologías musculo esqueléticas y otra de salud mental.

Con ello se logró recoger las acciones realizadas por cada Organismo Administrador y a su vez, se reunió las mejoras que cada integrante visualizaba sobre el proceso, generando el documento final que agrupa los nuevos requerimientos.

Cortés, enfatizó que la entrada en vigencia de esta normativa, entrega mayor transparencia al proceso de calificación y lo estandariza, a través de la creación de un comité compuesto por 3 expertos en la materia, entregando una visión más amplia y consensuada.

LAS OBLIGACIONES

La circular obliga a contar con profesionales competentes e idóneos en el tema de salud ocupacional, lo que permite que todas las personas evaluadas puedan ser informadas correctamente sobre sus patologías, laborales o comunes, disminuyendo el descontento de los trabajadores que generalmente desconocen sobre los criterios de evaluación.

Extiende el plazo de investigación a 45 días y posteriormente a 30 para tener un rango de tiempo óptimo para la revisión de los casos y  permite, a la vez  que a los 7 días de hecha una denuncia, está ya deba estar siendo evaluada por un especialista.

A su vez, el Director Regional del  Instituto de Seguridad Laboral, concluyó “consideramos que la norma  de la SUSESO  es un aporte real al trabajo de Calificación Médica, aportando directamente a sistematizar, coordinar y complementar el sistema de atención de la Ley 16744”.

Finalmente, respecto  al número de enfermedades profesionales en la Región del Biobío, Cortés acentuó que de acuerdo a una medición que hace la propia superintendencia, las que son consideradas como tales bordean el 20% de los casos.

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