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La Tribuna

Los Ángeles: Absuelven a pareja acusados de participar en robo con intimidación

por Cristian Salazar Ramírez

El 2018, el camionero fue abordado en las cercanías del Easy, donde lo intimidaron con un cortaplumas, y donde le robaron dinero, un celular y las llaves de su camión

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles comunicó la sentencia absolutoria en favor de la mujer de iniciales Y.A.G.G. y el hombre de iniciales D.H.R.D, sindicados por el Ministerio Público como autores del delito de robo con intimidación, en un Ilícito que se habría cometido en agosto de 2018, en la ciudad.

En fallo unánime el tribunal -integrado por los magistrados Gino Viale Acosta (presidente), Marisol Panes Viveros y Christian Osses Baeza (redactor)- decretó la absolución de ambos al no lograr la fiscalía acreditar su participación culpable en el delito, por lo que condenó al pago de las costas del proceso al ente persecutor.

Para el tribunal, lo único que se probó en el juicio fue que el día 27 de agosto de 2018, en horas de la noche, desconocidos, entre ellos, una mujer, decidieron abordar a la víctima en las inmediaciones de la tienda comercial Easy de la comuna de Los Ángeles, mientras iba a comprar cigarrillos, quienes lo intimidaron con cortaplumas, y le sustrajeron la suma de $10.000 en dinero en efectivo en billetes de $1.000, un teléfono celular y las llaves del camión, conducido por la víctima.

Luego, lo trasladaron hasta las cercanías de la población 2 septiembre, a la calle Eleuterio Ramírez, lugar desde donde logró huir, dirigiéndose hasta donde mantenía estacionado su camión.

Al resolver la participación atribuida a la acusada, el tribunal tuvo presente que: la víctima admitió que no había podido verla bien porque era de noche. Sin embargo, la sindicó como la autora debido a que iba caminando muy deprisa, y porque era delgada y de estatura media. Vale decir, que la imputación se basó en una impresión subjetiva de caminar rápido y en características genéricas, como que era delgada y de estatura media. Lo que, ciertamente, no permite sustentar un reconocimiento fiable, ya que es imposible individualizar en forma certera a una persona en particular en base a parámetros tan generales.

Además se precisó que en relación con la participación del acusado, la prueba fue derechamente inexistente, ya que la víctima no dio ninguna razón de por qué lo identificó como uno de los autores, ya que consultado al respecto dijo que no recordaba, sin que hubiera entregado una descripción física o de vestimentas del presunto autor que fueran coincidentes con las características del acusado, más allá de señalar que era alto y delgado. Elementos de inculpación que, por su vaguedad, resultan absolutamente insuficientes como para asentar una convicción de condena, según se indicó.

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