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La Tribuna

Siguen reacciones por dictamen de Corte de Apelaciones sobre extracciones de canal Zañartu en río Laja

por Juvenal Rivera Sanhueza

Mesa de Acuerdo para la Recuperación del Lago Laja valoró la determinación del tribunal y confió en que ahora la DGA realice un nuevo estudio que establezca fehacientemente si corresponde o no que el Canal Zañartu saque el volumen de agua que dice poder hacer en virtud de sus derechos de aprovechamiento.

51, río Laka /

La decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción que decretó dejar sin efecto la resolución de la Dirección General de Aguas (DGA) de la región del Biobío que desestimó una denuncia de extracción ilegal en el río Laja, ha seguido generando reacciones entre las organizaciones de regantes.

La historia es parte del largo conflicto por el uso de las aguas de ese curso fluvial que alimenta plantas de generación eléctrica, riega miles de hectáreas entre las regiones del Biobío y Ñuble, proporciona agua para el consumo humano a varias ciudades y da vida a los populares Saltos del Laja y a la actividad turística.

La denuncia fue hecha por la empresa eléctrica Colbún en contra de la Asociación Canal Zañartu, a raíz de las extracciones de agua que realiza la organización de regantes desde el mencionado río.

Según la generadora, que tiene dos centrales hidroeléctricas que se alimentan de las aguas del Laja (Rucúe y Quilleco), desde 2007 en adelante que esos canalistas incrementaron el volumen del recurso que extraían respecto de las décadas precedentes hasta llegar a los 45 metros cúbicos por segundo. Dicho aumento de las extracciones sería para alimentar el proyecto de la central hidroeléctrica Trupán, iniciativa de la Asociación Canal Zañartu que tiene su visto bueno ambiental.

Aunque presentó una reclamación en la DGA, el organismo desestimó los argumentos de la generadora con el argumento que las extracciones se habían realizado conforme a los derechos de agua de la Asociación Canal Zañartu. Pese a este revés, Colbún insistió, esta vez ante la Corte de Apelaciones de Concepción, por la vía del recurso de protección con el propósito de invalidar la determinación del organismo público, lo que finalmente fue acogido.

En lo fundamental, el tribunal ordenó a la DGA emitir una nueva Resolución debidamente fundada, en la que se pronuncie como en derecho corresponde respecto de las cuestiones de índole fáctica y jurídica que son pertinentes a la debida decisión del requerimiento de fiscalización presentado por Colbún S.A. en contra de la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu.

MESA DEL AGUA

Boris Solar, secretario ejecutivo de la Mesa de Acuerdo para la Recuperación del Lago Laja, valoró la determinación de la Corte de Apelaciones de Concepción y confió en que ahora la DGA realice un nuevo estudio que establezca fehacientemente si corresponde o no que el Canal Zañartu saque el volumen de agua que dice poder hacer en virtud de sus derechos de aprovechamiento.

Esto nos da la razón en el bien entendido de que queríamos clasificar los derechos de agua del Canal Zañartu en dos partes.  En una, reconocer el agua que históricamente ha tenido, que son 22.6 metros cúbicos, y la diferencia se tiene que demostrar y hasta ahora no ha sido así, aseguró.

Según Solar, esto nos pone contentos no porque a alguien se le quite el agua, sino porque la mayoría están con buena voluntad y acercamiento para hacer un uso de la cuenca en forma orgánica y sustentable.

Además, aseguró que la determinación permitiría darle celeridad a la intención de la misma autoridad, a través de la DGA y la DOH, de conformar la junta de vigilancia al más breve plazo posible. Los estatutos están redactados y todos pueden firmarlos.

RÍO DIGUILLÍN

Al respecto, Juan Carlos Villagra, presidente de la Junta de Vigilancia del río Diguillín y sus afluentes, dijo recibir el dictamen del tribunal de alzada con esperanza.

A su juicio, la Asociación Canal Zañartu recurrió a argumentos infundados con los cuales pretende derechos de aguas por 45 metros cúbicos por segundo.

Según sus palabras, la sentencia reprochó a la DGA haber pretendido justificar la extracción de aguas del canal Zañartu por 45 m3/s en una inscripción a nombre de don Enrique Zañartu Prieto del año 1930, persona que falleció hace más de 70 años, nueve años antes de que se constituyera la citada Asociación de Canalistas.

De acuerdo a sus palabras, la Corte señaló que no basta con invocar esa inscripción para justificar la administración de esos derechos, como ha hecho por años el Canal Zañartu, sino que debe fundamentar esa explicación mediante argumentos y pruebas, como se exige a todos los usuarios de aguas del país.

Para el dirigente de los regantes del Diguillín, la gravedad del tema es que mientras el país y la zona viven los años más secos desde que existen registros pluviométricos, los excedentes no se ocupan y miles de metros cúbicos son vertidos al mar a través del río Itata desde el año 2007.

Si prospera la reconsideración ordenada por el tribunal, Villagra sostuvo que se abre la posibilidad de un bien común superior, como es recuperar los niveles del Lago Laja, que en las últimas décadas se ha visto en situaciones críticas que han puesto en peligro a los principales sistemas de riego de la región de Ñuble (Sistema Laja Diguillín), y del Biobío (río Laja), que implican unas 150 mil hectáreas.

Además, aseguró que garantiza en mejor medida el caudal del ícono turístico del Salto del Laja y también permite avanzar en los esfuerzos de los usuarios de la cuenca en crear la Junta de Vigilancia del río Laja, que es un paso fundamental y consensuado mayoritariamente para representar efectivamente a los usuarios regantes, de generación hidroeléctrica y del sector turismo, para hacer un uso coordinado y efectivo del recurso.

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