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La Tribuna

Masacre de campesinos en Mulchén: Condenan a ex uniformados

por Víctor Contreras

Ex funcionarios de Carabineros y el Ejército de Chile son acusados de secuestro, homicidio, inhumación y exhumación ilegal de 18 personas. Las penas fluctúan entre los 3 y 10 años de prisión, lo que es calificado de insuficiente por familiares de las víctimas.

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La investigación del ministro en visita, Carlos Aldana, estableció que el 4 de octubre de 1973, un cabo del regimiento N° 13 del Ejército de Los Ángeles, junto a 3 conscriptos, fueron delegados para ponerse a disposición de la comisaría de Carabineros de la ciudad.

Esa comisión acompañada de un teniente de Carabineros y 4 de sus funcionarios partió al sector cordillerano de Mulchén, para buscar una lista de personas opositoras a la dictadura militar de la época.

El 5 de octubre la comitiva llegó hasta el fundo ‘El Morro’ y detuvo, sin orden administrativa o judicial a 5 personas, quienes fueron trasladadas hasta el sector ‘La Playita’ del río Renaico para ser ejecutadas y posteriormente hacer desaparecer sus cuerpos.

Asimismo, la comitiva llegó hasta los fundos ‘Carmen’ y ‘Maitenes’, donde se detuvo a 7 personas a quienes se les obligó a cavar su propia fosa de muerte, de 6 por 4 metros, para posteriormente ser fusilados e inhumados ilegalmente.

El 7 de octubre, se detuvo a 5 personas en el fundo ‘Pemehue’, quienes fueron ejecutadas en el lugar y sus cuerpos dejados en fosas clandestinas, donde fueron encontrados por sus propios familiares.

Posteriormente, entre fines del año 1978 y principios del 1979, una sección del regimiento “Húsares” de Angol, luego de recibir un criptograma de la Comandancia en Jefe del Ejército, concurrió a los sitios de las inhumaciones ilegales y exhumó los restos para hacerlos desaparecer, en medio de un proceso de investigación de los hechos.

 

CONDENADOS Y SUS VÍCTIMAS

En el fallo, el ministro Aldana condenó a Jacob Ortiz, Juan Higueras, Osvaldo Díaz y Héctor Guzmán a 10 años de prisión, en calidad de coautores de los delitos de homicidio calificado de Florencio Rubilar, José Liborio, José Lorenzo, Alejandro Albornoz, Luis Godoy, Miguel Albornoz, Daniel Albornoz, Alberto Albornoz, Felidor Albornoz, Jerónimo Sandoval, Juan Roa y José Gutiérrez.

Asimismo, estos mismos condenados deberán cumplir 5 años de presidio por los secuestros calificados de Juan Labruna, José Yáñez, Celsio Vivanco, Edmundo Vidal, Domingo Sepúlveda y Guillermo Albornoz.

En tanto, José Iturriaga, Jaime Muller, Julio Fuentes, Luis Torres, Juan Balboa y Jaime García fueron condenados a 3 años como encubridores del homicidio de 11 víctimas, más 541 días por exhumación ilegal. Absuelto resultó José Puga.

 

FAMILIARES INCONFORMES

El ministro Aldana explicó a radio Cooperativa que "ellos (carabineros) fueron sentenciados por delitos de homicidio calificado, secuestro calificado y de inhumación ilegal, en cambio, los militares participaron en un hecho el año 79, fue por el llamado 'Retiro de televisores' en que concurrieron al lugar de los hechos, desenterraron restos óseos de estas personas ejecutadas. Entonces, la pena de ellos es por encubridores, porque ellos no participaron ni como autores ni como cómplices, pero sí lo hicieron como encubridores", indicó.

Esto molestó a las familias de las víctimas y la vocera de los familiares de los 18 campesinos asesinados, Marina Rubilar, manifestó que "no estamos tan conformes, porque considero que los años que les han dado igual son pocos con respecto a la cantidad de víctimas asesinadas".

Mientras que Patricia Barra, abogada de las víctimas y familiares, anunció que en los próximos días presentarán un recurso de apelación para reconsiderar las condenas.

El reconocido abogado de la provincia, René Núñez Ávila, explicó a La Tribuna que “los familiares de las víctimas de derechos humanos en Chile, en general, consideran que este tipo de homicidios de lesa humanidad merecen las penas más altas, porque fueron hechas por el aparataje estatal, con alevosía y una serie de agravantes más, entonces las condenas recientemente asignadas son insuficientes para ellos de acuerdo a sus expectativas”.

Igualmente el también candidato al Parlamento comentó que “esta es una sentencia de primera instancia, por lo que este fallo es apelable por ambas partes”.

 

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