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La Tribuna

Aclaraciones sobre la normativa que otorga al comprobante de tarjeta categoría de boleta

por Pia Salcedo

Sernac responde consultas ante la nueva medida que comenzó a regir el primero de febrero.

tarjetiita /

Pía Salcedo Garcés

[email protected]

Con el fin de conocer en detalle algunas precisiones respecto al funcionamiento de la llamada Resolución Exenta número 5, del 22 de enero de este año, consultamos al Servicio Nacional del Consumidor los detalles del nuevo sistema de boleta electrónica que complica a locales y usuarios. La medida comenzó a regir desde el inicio de este mes, en donde se le otorga valor de boleta de ventas y servicios al comprobante de pago generado por los terminales pagadas mediante el uso de tarjetas de débito o crédito.

Desde el servicio indicaron por medio de un comunicado que se mantienen en coordinación con el SII para hacer un seguimiento a la implementación de esta medida. Así mismo, señalaron que la resolución es válida sólo para ventas con tarjeta de crédito y débito. Ante la situación, explicaron, un cliente paga sólo parte de la venta con tarjeta de crédito o débito, el voucher es boleta sólo para esta porción del pago. En el caso de las ventas propina o vuelto, se realiza una única transacción, al igual que ahora.

De la misma manera, señalaron que los consumidores que deseen ejercer su derecho de garantía, es decir, a una de las tres opciones como: devolución del dinero, cambio o reparación del producto cuando éste presenta alguna falla -durante los primeros tres meses de la compra- puede hacerlo directamente ante el proveedor que le haya vendido el respectivo producto o servicio, presentando el comprobante o recibo de pago emitido por un terminal POS, en el caso que haya verificado su pago mediante su tarjeta de crédito o débito. Señalaron que la actual experiencia judicial demuestra que una copia simple o fotografía de la misma genera convicción en los tribunales para acreditar la relación de consumo, por tanto, se podría recomendar a los consumidores guardar copia de la misma.

NO SE PODRÁN EMITIR BOLETAS MANUALES CUANDO SE PAGUE CON TARJETA DE DÉBITO O CRÉDITO

Según la información de la resolución del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl), los contribuyentes que emiten boletas manuales por sus ventas o prestaciones de servicios, a partir del primero del mes en curso no deben emitir dichos documentos si el pago de la venta o prestación es realizada a través de la máquina transbank. Si la venta fue realizada con cheque, dinero en efectivo o transferencia bancaria, se debe emitir la respectiva boleta. Así, una única venta podría tener varios comprobantes de pago y al menos una boleta manual. Ejemplo práctico: si un grupo de amigos se juntan a almorzar, y se dividen la cuenta, situacionalmente, algunos pagarán con efectivo, otros con cheque y otros con tarjetas de crédito o débito. En tal situación, el restaurant sólo emitirá boleta por los pagos recibidos en efectivo o cheque, mientras que los consumos pagados con tarjetas de débito o crédito serán documentadas exclusivamente con el comprobante o voucher respectivo.

RESALTE ESPECIAL

 “Si por error un contribuyente emite la boleta, deberá anularla. Para anular la boleta emitida, debe tener la copia de ella. Si no es así, habrá que realizar una presentación al SII, pues, de lo contrario, duplicarían la declaración de venta”

Por otra parte, las ventas realizadas a través de la terminal, y que ahora no tendrán boleta, serán registradas en un reporte diario, el cual puede ser emitido por el POS operado por la empresa. Dicho comprobante servirá para registrar el monto en el respectivo libro de ventas.

Sobre la declaración mensual que realizan las empresas en el formulario 29, en el cual se indica el número de documentos emitidos en el mes, así como los montos, desde este mes será la sumatoria de la cantidad de boletas más la cantidad de voucher o comprobantes de pagos con tarjetas de débito y crédito. La medida se iniciará en estas próximas declaraciones de rentas que se realizarán el 12 de marzo, como cada mes. 

Con el fin de conocer en detalle algunas precisiones respecto al funcionamiento de la llamada Resolución Exenta número 5, del 22 de enero de este año, consultamos al Servicio Nacional del Consumidor los detalles del nuevo sistema de boleta electrónica que complica a locales y usuarios. La medida comenzó a regir desde el inicio de este mes, en donde se le otorga valor de boleta de ventas y servicios al comprobante de pago generado por los terminales pagadas mediante el uso de tarjetas de débito o crédito.

Desde el servicio indicaron por medio de un comunicado que se mantienen en coordinación con el SII para hacer un seguimiento a la implementación de esta medida. Así mismo, señalaron que la resolución es válida sólo para ventas con tarjeta de crédito y débito. Ante la situación, explicaron, un cliente paga sólo parte de la venta con tarjeta de crédito o débito, el voucher es boleta sólo para esta porción del pago. En el caso de las ventas propina o vuelto, se realiza una única transacción, al igual que ahora.

De la misma manera, señalaron que los consumidores que deseen ejercer su derecho de garantía, es decir, a una de las tres opciones como: devolución del dinero, cambio o reparación del producto cuando éste presenta alguna falla -durante los primeros tres meses de la compra- puede hacerlo directamente ante el proveedor que le haya vendido el respectivo producto o servicio, presentando el comprobante o recibo de pago emitido por un terminal POS, en el caso que haya verificado su pago mediante su tarjeta de crédito o débito. Señalaron que la actual experiencia judicial demuestra que una copia simple o fotografía de la misma genera convicción en los tribunales para acreditar la relación de consumo, por tanto, se podría recomendar a los consumidores guardar copia de la misma.

NO SE PODRÁN EMITIR BOLETAS MANUALES CUANDO SE PAGUE CON TARJETA DE DÉBITO O CRÉDITO

Según la información de la resolución del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl), los contribuyentes que emiten boletas manuales por sus ventas o prestaciones de servicios, a partir del primero del mes en curso no deben emitir dichos documentos si el pago de la venta o prestación es realizada a través de la máquina transbank. Si la venta fue realizada con cheque, dinero en efectivo o transferencia bancaria, se debe emitir la respectiva boleta. Así, una única venta podría tener varios comprobantes de pago y al menos una boleta manual. Ejemplo práctico: si un grupo de amigos se juntan a almorzar, y se dividen la cuenta, situacionalmente, algunos pagarán con efectivo, otros con cheque y otros con tarjetas de crédito o débito. En tal situación, el restaurant sólo emitirá boleta por los pagos recibidos en efectivo o cheque, mientras que los consumos pagados con tarjetas de débito o crédito serán documentadas exclusivamente con el comprobante o voucher respectivo.

RESALTE ESPECIAL

 “Si por error un contribuyente emite la boleta, deberá anularla. Para anular la boleta emitida, debe tener la copia de ella. Si no es así, habrá que realizar una presentación al SII, pues, de lo contrario, duplicarían la declaración de venta”

Por otra parte, las ventas realizadas a través de la terminal, y que ahora no tendrán boleta, serán registradas en un reporte diario, el cual puede ser emitido por el POS operado por la empresa. Dicho comprobante servirá para registrar el monto en el respectivo libro de ventas.

Sobre la declaración mensual que realizan las empresas en el formulario 29, en el cual se indica el número de documentos emitidos en el mes, así como los montos, desde este mes será la sumatoria de la cantidad de boletas más la cantidad de voucher o comprobantes de pagos con tarjetas de débito y crédito. La medida se iniciará en estas próximas declaraciones de rentas que se realizarán el 12 de marzo, como cada mes. 

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