Crónica Ciudadana

Superintendencia de Servicios Sanitarios ordena medidas de facturación para proteger a familias afectadas por incendios

La Superintendencia ordenó abstenerse de cobrar servicios no prestados y estableció que los costos de reposición de medidores y arranques deben ser asumidos por la empresa sanitaria.

SISS instruye a ESSBIO aplicar medidas especiales de facturación para resguardar los derechos de familias afectadas por incendios en Ñuble y Biobío, referencial
SISS instruye a ESSBIO aplicar medidas especiales de facturación para resguardar los derechos de familias afectadas por incendios en Ñuble y Biobío / FUENTE: referencial

La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) instruyó a ESSBIO aplicar medidas especiales de facturación para resguardar los derechos de familias afectadas por incendios en Ñuble y Biobío

La medida responde a la situación de especial vulnerabilidad que enfrentan muchas familias damnificadas, considerando que un número significativo de viviendas se encuentra destruida, inhabitable o con daños severos, lo que impide la prestación efectiva del servicio y la medición normal del consumo.

En este contexto, la SISS instruyó que no deben realizarse cobros a aquellas personas usuarias cuyas viviendas hayan sido totalmente destruidas, se encuentren sin condiciones de habitabilidad, hayan desaparecido o cuenten con orden de demolición.

Asimismo, se estableció que los costos asociados a la reposición de arranques, cambio de medidores y reparación de uniones domiciliarias deberán ser asumidos por la empresa sanitaria, dado que la situación de fuerza mayor no puede ser traspasada a las personas usuarias, protegiendo así su derecho a no asumir costos derivados de una emergencia.

"Estas instrucciones buscan asegurar que las personas afectadas por los incendios no vean vulnerados sus derechos como usuarias de los servicios sanitarios, evitando cobros improcedentes y garantizando un trato justo y acorde a la situación que están enfrentando. Cabe destacar que estas indicaciones constituyen un piso mínimo, de acuerdo con las facultades que la Ley le entrega a la SISS, sin perjuicio de las medidas adicionales que la empresa sanitaria ESSBIO S.A. pueda implementar en beneficio de las familias afectadas".

Rodrigo Riquelme. Jefe de la Oficina Regional Biobío de la SISS.

En tanto, el Superintendente (s) de Servicios Sanitarios, Gabriel Zamorano, enfatizó, "Nuestro deber como organismo regulador es proteger a las personas usuarias, especialmente en escenarios de emergencia. La normativa es clara en señalar que no corresponde cobrar por servicios no prestados, y estas medidas apuntan a entregar certeza y protección a las familias afectadas".

Finalmente, la Superintendencia informó que las situaciones de afectación parcial del servicio serán evaluadas caso a caso, considerando las condiciones específicas de cada vivienda, con el fin de resguardar el ejercicio de los derechos de las personas usuarias y asegurar una facturación justa y proporcional.




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